Hola, soy Antonio Morales, un abogado mexicano dedicado al derecho corporativo.
A. Contexto de esta nota.
Debido a que desconozco detalles específicos, únicamente puedo referirme a situaciones generales, aclarando que las características especificas de cada acto podrían hacer que estas consideraciones no sean aplicables.
Este texto no debe considerarse como una asesoría legal. Siempre debe buscarse un abogado que proporcione asesoría legal específica.
B. Consideraciones basadas en la descripción del proyecto.
Es necesario determinar si debe firmarse un contrato laboral o un contrato de prestación de servicios.
En mi opinión, aplicar un convenio de confidencialidad es difícil, costoso y tardado. Por ello, cuando el dinero involucrado no lo justifica, el contrato se firma únicamente para disuadir al “independiente” de revelar la información.
Puede aclararse que el producto de los servicios es una “obra por encargo” y que por lo tanto los derechos patrimoniales corresponden a quien recibe el servicio.
C. Modelo de Contrato.
Considerando lo anterior y lo limitado del presupuesto, puedo proporcionar un modelo de contrato de fácil llenado, con clausulas que regulen de manera general estos temas y se incluya en cada caso la información de cada “independiente”.